Perspectiva Islámica sobre el Comercio Spot y el Comercio de Futuros:

1. *Comercio Spot*: Permitido (Halal) ya que es una transacción en efectivo que involucra la entrega inmediata del activo.

2. *Comercio de Futuros*: Generalmente considerado impermisible (Haram) debido a:

- Gharar (incertidumbre excesiva)

- Maisir (juego/especulación)

- Vender algo que aún no se posee (venta en corto)

Algunos eruditos permiten el comercio de futuros si:

* El activo subyacente existe y es entregable

* Necesidad o necesidad genuina

* Gestión de riesgos adecuada, no especulativa

Consulte a un erudito islámico calificado o asesor de Shariah para obtener orientación específica.

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